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NUEVA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA COMPRA DE MATERIAL ESCOLAR

El objeto de esta orden es convocar ayudas para la adquisición de material escolar destinadas al alumnado matriculado en educación primaria, educación secundaria obligatoria o educación especial en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia para el curso escolar 2015/16, que no pudiera acogerse a las ayudas reguladas por la Orden de 25 de agosto de 2015, y a aquel que, teniendo solicitada a dicha ayuda, resultara excluido por una causa enmendable.



Requisitos
  1. Para ser beneficiario de esta ayuda es preciso cumplir los siguientes requisitos:
    • Ser padre/madre/tutor o tutora legal del alumnado matriculado en educación primaria, educación secundaria obligatoria o educación especial en un centro sostenido con fondos públicos durante lo curso escolar 2015/16, cuando se encuentre en los supuestos indicados en el artículo 1.1 de esta orden.
    • No estar inckuido en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
    • Tener una renta per cápita familiar igual o inferior a 5.400 euros.
  2. No podrá solicitar nuevamente esta ayuda el alumnado que se acogiera a las ayudas para la adquisición de material escolar reguladas por la Orden de 25 de agosto de 2015 y reuniera los requisitos establecidos en ella, por ser válida la anterior solicitud.

Lugar y plazo de presentación de solicitudes

  1. Las ayudas serán solicitadas por los padres, madres, tutores o representantes legal del alumnado. Se presentará una solicitud por cada alumno o alumna matriculados, de manera que, si un solicitante tiene varios hijos o hijas matriculados en las enseñanzas objeto de la convocatoria, ya sea en el mismo o en distinto centro, deberá presentar una solicitud para cada uno de ellos.
  2. Las solicitudes (anexo I) deberán presentarse en soporte papel, preferentemente en el centro en que esté matriculado el alumno o alumna, o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es.
  3. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.